PLAN ESPECIAL DE EMPLEO DE PUENTE GENIL
1º.- OBJETO.
-
El presente Plan tiene como objeto establecer el marco de condiciones que garanticen la puesta en práctica de un programa de contrataciones laborales relacionadas con el objeto social de la Sociedad para el Desarrollo de Puente Genil, S.L. (SODEPO, S.L) así como con las encomiendas que se le hayan realizado. Este Plan nace con la vocación de paliar la difícil situación económica y de empleo existente en Puente Genil, así como la de atender a las necesidades más urgentes y excepcionales provocadas por los efectos negativos de la crisis sobre la economía y situación familiar de los vecinos de Puente Genil.
Con el Plan Especial de Empleo de Puente Genil, se pretende la mejora de la concertación y la cohesión social de nuestros ciudadanos mediante la contratación laboral de personal destinado a tareas de mantenimiento, con la categoría profesional de peones. Entre dichas tareas se incluyen: limpieza en general, pintura, fontanería, electricidad, jardinería, y todas las que puedan
quedar englobadas en el objeto social de Sodepo S.L y sus encomiendas, así como el resto de servicios generales relativos al cumplimiento de los servicios mínimos recogidos en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
2º.- PRESUPUESTO
El presupuesto máximo disponible para dotar económicamente este plan dependerá de la capacidad de gasto de SODEPO, SL., si bien, como importe mínimo se fijará la cantidad de 60.000 €.
3º.- BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de estos contratos deberán reunir los requisitos que se especifican a continuación, sin que en ningún caso pueda serlo al mismo tiempo más de un miembro por cada unidad familiar:
1. Estar empadronados en Puente Genil con al menos 24 meses de antelación a la fecha de publicación de las presentes bases.
2. Estar inscritos como demandantes de empleo en la Oficina del Servicio Andaluz de Empleo de Puente Genil, y contar con una antigüedad de al menos 6 meses ininterrumpidos anteriores a
la publicación de las presentes bases.
3. No percibir ningún tipo de prestación o subsidio en el momento de la solicitud.
4º.- SELECCIÓN Y BAREMACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS.
Debido a la importante componente social y asistencial que este programa pretende cubrir sobre las necesidades económicas-familiares de los trabajadores hacia los que va destinado el Plan, será necesario previa a la contratación, la valoración de las circunstancias laborales, así como de las económicas, familiares y asistenciales, que se llevarán a cabo por parte de una comisión de valoración que estará compuesta por los siguientes miembros:
- Presidente: Sr. Concejal de Desarrollo Económico y Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.
- Un representante por cada uno de los grupos políticos que componen la Corporación Municipal.
- Dos representantes de SODEPO, S.L.
- Dos representantes de Servicios Sociales.
- Un representante del Comité de Empresa de SODEPO, S.L. Como resultado de la valoración, se establecerá una bolsa de trabajo cuyos criterios de baremación, selección y régimen de modificación de circunstancias, serán competencia exclusiva de dicha comisión a propuesta del
personal técnico de los servicios públicos y asistenciales.
Nota Aclaratoria: La comisión se reunirá a las 14 horas de los días 27, 28, y 29 de julio, para verificar y aprobar, en su caso, las baremaciones realizadas a lo largo de las mañanas de dichos días.
Baremación
Los beneficiarios, siempre que reúnan los requisitos contemplados en la Base 3ª, serán seleccionados con base a los criterios contenidos en el ANEXO I del presente Plan.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
La presentación de solicitudes, junto a la acreditación de las circunstancias que concurren en cada uno de los solicitantes, se efectuará a partir del día siguiente a la publicación de las presentes Bases y hasta el día 29 de julio de 2011.
.- Recogida de solicitudes:
Empresas Públicas, IMSC y resto de dependencias municipales pertenecientes al Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.
.- Plazo de presentación de solicitudes:
Del 21 al 29 de Julio ambos inclusive.
.- Lugar de presentación de solicitudes:
Dependencias de la Sociedad de Desarrollo de Puente Genil, S.L., (SODEPO) sitas en Avda. de la Estación, 138.
.- Horario de presentación de solicitudes:
De 9´00 a 14´00 horas.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, subsanadas en su caso las deficiencias detectadas y realizada la valoración correspondiente se formará una bolsa de empleo dónde figuren los distintos beneficiarios ordenados de manera priorizada.
A la citada bolsa se le dará la oportuna publicidad a través de los tablones de anuncios de las distintas dependencias municipales y de la páginaWeb del Excmo. Ayuntamiento.
Cronograma del Plan
- Publicación de las Bases: 20 de julio de 2011
- Inicio de presentación de solicitudes: 21 de julio de 2011.
- Fin de presentación de solicitudes: 29 de julio de 2011.
- Publicación lista provisional: 5 de agosto de 2011.
- Plazo de reclamaciones: 5 a 9 de agosto de 2011.
- Publicación de la lista definitiva: 10 de agosto de 2011.
5º.- RÉGIMEN DE CONTRATACIONES
Las contrataciones a realizar se someterán a las siguientes condiciones:
Primera.- Los contratos tendrán una duración de 15 días e irán destinados a cubrir tareas de mantenimiento en general entre las que se incluye limpieza, pintura, jardinería, electricidad, fontanería, etc., así como el resto de servicios generales relativos al cumplimiento de los servicios mínimos recogidos en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
Segunda.- Todos los contratos deberán formalizarse antes del 16 de diciembre de diciembre de 2011 y estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2011.
Tercera.- Las personas contratadas tendrán la categoría de peón de mantenimiento y serán elegidos entre los integrantes de la bolsa de empleo por el orden que en ella figuren.
Cuarta.- Podrá formalizarse hasta un máximo de dos contratos por desempleado.
Quinta.- El coste bruto ordinario de cada contrato será de 660, 00 €.
6º.- CARÁCTER ESPECIAL Y EXTRAORDINARIO DE LOS CONTRATOS
Los contratos que se celebren dentro del Plan Especial de Empleo tendrán carácter extraordinario y tenderán a cubrir las necesidades de las personas que se hallen en difícil situación económica por motivos de pérdida de empleo de acuerdo a los criterios de baremación contenidos en el ANEXO I del presente Plan.
Se pretende establecer un régimen de contrataciones laborales relacionadas con el objeto social de la Sociedad para el Desarrollo de Puente Genil, S.L. (SODEPO, S.L) y sus encomiendas, así como el resto de servicios generales relativos al cumplimiento de los servicios mínimos recogidos en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
No formarán parte del presupuesto económico del Plan Especial de Empleo las aportaciones económicas, ayudas y subvenciones reconocidas por otras administraciones que se realicen para favorecer y/o fomentar la creación de empleo en Puente Genil. Dichos programas serán gestionados de forma independiente al Plan Especial de Empleo y se desarrollarán atendiendo a sus propias condiciones y especificaciones, de acuerdo con los objetivos y destino
de las mismas.
7º.- RÉGIMEN DE DISTRIBUCIÓN DE CONTRATACIÓN.
El Plan Especial de Empleo de Puente Genil del ejercicio 2011, tiene prevista la contratación de al menos 90 contratos, a razón de 20 contratos mensuales que se distribuirán en los cinco meses que restan de ejercicio del siguiente modo:
• 2ª quincena de Agosto: 10 contratos.
• Septiembre a diciembre: 20 contratos mensuales (10 por quincena).
Excepcionalmente el número de contrataciones establecido podrá variarse siempre que la necesidad en la prestación de los servicios lo aconsejen.
8º.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES
La publicación de las bases del presente Plan Especial de Empleo de Puente Genil se realizará el día 20 de julio de 2011, en los tablones de anuncios de las distintas dependencias municipales y de la página Web del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.
9º.- DURACIÓN
El Plan Especial de Empleo de Puente Genil para el ejercicio 2.011 tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año.
ANEXO I
CRITERIOS DE BAREMACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE EMPLEO DE PUENTE GENIL
Los beneficiarios, siempre que reúnan los requisitos contemplados en la Base 3ª, serán seleccionados con base a los siguientes criterios:
CONCEPTO PUNTOS
I.- Solicitante que conste inscrito en el S.A.E. como desempleado por periodo igual o
superior a 12 meses. 7 Puntos
II.- Solicitante que acredite no percibir ningún tipo de prestación en los 6 meses anteriores a
su solicitud de inclusión en la bolsa. 7 Puntos.
III.- Solicitantes mayores de 45 años. 6 Puntos.
IV.- Solicitante con discapacidad intelectual, física o sensorial que no le impida eldesempeño de las tareas a realizar. 5 Puntos.
V.- Solicitante con cargas familiares (3 o más hijos) 5 Puntos. (1 o dos hijos) 3 Puntos.
VI.- Solicitante que requiera días de cotización para acceder a prestaciones por desempleo o subsidio (hasta 15 días) 5 Puntos. (hasta 30 días) 3 Puntos.
VII.- Solicitante cuya unidad familiar no perciba ningún tipo de prestación, ayuda o
ingreso económico. 4 Puntos.
VIII.- Solicitante con uno o más hijos con discapacidad intelectual, física o sensorial. 2 Puntos.
IX.- Solicitante que en los últimos 12 meses sólo haya trabajado entre 16 y 45 días(entre 16 y 30 días) 3 Puntos. (entre 31 y 45 días) 2 Puntos.
X.- Solicitante que no haya sido beneficiario de algún Plan de Empleo (PER, Memta,Proteja, etc.) o Programa de Solidaridad de los Andaluces (Salario Social) en los últimos 12 meses. 2 Puntos.
XI.- Solicitantes incursos en procesos de reclamación judicial por desahucio de vivienda habitual.
2 Puntos.
XII.- Solicitantes que tengan a su cargo hijos desempleados retornados al hogar (y susfamilias). 2 Puntos.
XIII.- Solicitantes que reúnan la totalidad de los supuestos I a VI de éste baremo, o bien
cumpla alguno de ellos de forma muy cualificada. 5 Puntos.
TOTAL 55 PUNTOS
DOCUMENTACION A APORTAR:
FOTOCOPIA DEL D.N.I.
FOTOCOPIA DEL LIBRO DE FAMILIA
CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DE TODA LA UNIDAD FAMILIAR
INFORME DE VIDA LABORAL
CERTIFICADO DE PERIODOS DE INSCRIPCIÓN EN EL S.A.E. (Oficina de Empleo)
CERTIFICADO DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE TODA LA
UNIDAD FAMILIAR
CERTIFICADO DE PRESTACIONES DEL INEM DE TODA LA UNIDAD FAMILIAR
CERTIFICADO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS SOCIALES DE TODA LA UNIDAD
FAMILIAR.
1º.- OBJETO.
-
El presente Plan tiene como objeto establecer el marco de condiciones que garanticen la puesta en práctica de un programa de contrataciones laborales relacionadas con el objeto social de la Sociedad para el Desarrollo de Puente Genil, S.L. (SODEPO, S.L) así como con las encomiendas que se le hayan realizado. Este Plan nace con la vocación de paliar la difícil situación económica y de empleo existente en Puente Genil, así como la de atender a las necesidades más urgentes y excepcionales provocadas por los efectos negativos de la crisis sobre la economía y situación familiar de los vecinos de Puente Genil.
Con el Plan Especial de Empleo de Puente Genil, se pretende la mejora de la concertación y la cohesión social de nuestros ciudadanos mediante la contratación laboral de personal destinado a tareas de mantenimiento, con la categoría profesional de peones. Entre dichas tareas se incluyen: limpieza en general, pintura, fontanería, electricidad, jardinería, y todas las que puedan
quedar englobadas en el objeto social de Sodepo S.L y sus encomiendas, así como el resto de servicios generales relativos al cumplimiento de los servicios mínimos recogidos en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
2º.- PRESUPUESTO
El presupuesto máximo disponible para dotar económicamente este plan dependerá de la capacidad de gasto de SODEPO, SL., si bien, como importe mínimo se fijará la cantidad de 60.000 €.
3º.- BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de estos contratos deberán reunir los requisitos que se especifican a continuación, sin que en ningún caso pueda serlo al mismo tiempo más de un miembro por cada unidad familiar:
1. Estar empadronados en Puente Genil con al menos 24 meses de antelación a la fecha de publicación de las presentes bases.
2. Estar inscritos como demandantes de empleo en la Oficina del Servicio Andaluz de Empleo de Puente Genil, y contar con una antigüedad de al menos 6 meses ininterrumpidos anteriores a
la publicación de las presentes bases.
3. No percibir ningún tipo de prestación o subsidio en el momento de la solicitud.
4º.- SELECCIÓN Y BAREMACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS.
Debido a la importante componente social y asistencial que este programa pretende cubrir sobre las necesidades económicas-familiares de los trabajadores hacia los que va destinado el Plan, será necesario previa a la contratación, la valoración de las circunstancias laborales, así como de las económicas, familiares y asistenciales, que se llevarán a cabo por parte de una comisión de valoración que estará compuesta por los siguientes miembros:
- Presidente: Sr. Concejal de Desarrollo Económico y Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.
- Un representante por cada uno de los grupos políticos que componen la Corporación Municipal.
- Dos representantes de SODEPO, S.L.
- Dos representantes de Servicios Sociales.
- Un representante del Comité de Empresa de SODEPO, S.L. Como resultado de la valoración, se establecerá una bolsa de trabajo cuyos criterios de baremación, selección y régimen de modificación de circunstancias, serán competencia exclusiva de dicha comisión a propuesta del
personal técnico de los servicios públicos y asistenciales.
Nota Aclaratoria: La comisión se reunirá a las 14 horas de los días 27, 28, y 29 de julio, para verificar y aprobar, en su caso, las baremaciones realizadas a lo largo de las mañanas de dichos días.
Baremación
Los beneficiarios, siempre que reúnan los requisitos contemplados en la Base 3ª, serán seleccionados con base a los criterios contenidos en el ANEXO I del presente Plan.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
La presentación de solicitudes, junto a la acreditación de las circunstancias que concurren en cada uno de los solicitantes, se efectuará a partir del día siguiente a la publicación de las presentes Bases y hasta el día 29 de julio de 2011.
.- Recogida de solicitudes:
Empresas Públicas, IMSC y resto de dependencias municipales pertenecientes al Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.
.- Plazo de presentación de solicitudes:
Del 21 al 29 de Julio ambos inclusive.
.- Lugar de presentación de solicitudes:
Dependencias de la Sociedad de Desarrollo de Puente Genil, S.L., (SODEPO) sitas en Avda. de la Estación, 138.
.- Horario de presentación de solicitudes:
De 9´00 a 14´00 horas.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, subsanadas en su caso las deficiencias detectadas y realizada la valoración correspondiente se formará una bolsa de empleo dónde figuren los distintos beneficiarios ordenados de manera priorizada.
A la citada bolsa se le dará la oportuna publicidad a través de los tablones de anuncios de las distintas dependencias municipales y de la páginaWeb del Excmo. Ayuntamiento.
Cronograma del Plan
- Publicación de las Bases: 20 de julio de 2011
- Inicio de presentación de solicitudes: 21 de julio de 2011.
- Fin de presentación de solicitudes: 29 de julio de 2011.
- Publicación lista provisional: 5 de agosto de 2011.
- Plazo de reclamaciones: 5 a 9 de agosto de 2011.
- Publicación de la lista definitiva: 10 de agosto de 2011.
5º.- RÉGIMEN DE CONTRATACIONES
Las contrataciones a realizar se someterán a las siguientes condiciones:
Primera.- Los contratos tendrán una duración de 15 días e irán destinados a cubrir tareas de mantenimiento en general entre las que se incluye limpieza, pintura, jardinería, electricidad, fontanería, etc., así como el resto de servicios generales relativos al cumplimiento de los servicios mínimos recogidos en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
Segunda.- Todos los contratos deberán formalizarse antes del 16 de diciembre de diciembre de 2011 y estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2011.
Tercera.- Las personas contratadas tendrán la categoría de peón de mantenimiento y serán elegidos entre los integrantes de la bolsa de empleo por el orden que en ella figuren.
Cuarta.- Podrá formalizarse hasta un máximo de dos contratos por desempleado.
Quinta.- El coste bruto ordinario de cada contrato será de 660, 00 €.
6º.- CARÁCTER ESPECIAL Y EXTRAORDINARIO DE LOS CONTRATOS
Los contratos que se celebren dentro del Plan Especial de Empleo tendrán carácter extraordinario y tenderán a cubrir las necesidades de las personas que se hallen en difícil situación económica por motivos de pérdida de empleo de acuerdo a los criterios de baremación contenidos en el ANEXO I del presente Plan.
Se pretende establecer un régimen de contrataciones laborales relacionadas con el objeto social de la Sociedad para el Desarrollo de Puente Genil, S.L. (SODEPO, S.L) y sus encomiendas, así como el resto de servicios generales relativos al cumplimiento de los servicios mínimos recogidos en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
No formarán parte del presupuesto económico del Plan Especial de Empleo las aportaciones económicas, ayudas y subvenciones reconocidas por otras administraciones que se realicen para favorecer y/o fomentar la creación de empleo en Puente Genil. Dichos programas serán gestionados de forma independiente al Plan Especial de Empleo y se desarrollarán atendiendo a sus propias condiciones y especificaciones, de acuerdo con los objetivos y destino
de las mismas.
7º.- RÉGIMEN DE DISTRIBUCIÓN DE CONTRATACIÓN.
El Plan Especial de Empleo de Puente Genil del ejercicio 2011, tiene prevista la contratación de al menos 90 contratos, a razón de 20 contratos mensuales que se distribuirán en los cinco meses que restan de ejercicio del siguiente modo:
• 2ª quincena de Agosto: 10 contratos.
• Septiembre a diciembre: 20 contratos mensuales (10 por quincena).
Excepcionalmente el número de contrataciones establecido podrá variarse siempre que la necesidad en la prestación de los servicios lo aconsejen.
8º.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES
La publicación de las bases del presente Plan Especial de Empleo de Puente Genil se realizará el día 20 de julio de 2011, en los tablones de anuncios de las distintas dependencias municipales y de la página Web del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil.
9º.- DURACIÓN
El Plan Especial de Empleo de Puente Genil para el ejercicio 2.011 tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año.
ANEXO I
CRITERIOS DE BAREMACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE EMPLEO DE PUENTE GENIL
Los beneficiarios, siempre que reúnan los requisitos contemplados en la Base 3ª, serán seleccionados con base a los siguientes criterios:
CONCEPTO PUNTOS
I.- Solicitante que conste inscrito en el S.A.E. como desempleado por periodo igual o
superior a 12 meses. 7 Puntos
II.- Solicitante que acredite no percibir ningún tipo de prestación en los 6 meses anteriores a
su solicitud de inclusión en la bolsa. 7 Puntos.
III.- Solicitantes mayores de 45 años. 6 Puntos.
IV.- Solicitante con discapacidad intelectual, física o sensorial que no le impida eldesempeño de las tareas a realizar. 5 Puntos.
V.- Solicitante con cargas familiares (3 o más hijos) 5 Puntos. (1 o dos hijos) 3 Puntos.
VI.- Solicitante que requiera días de cotización para acceder a prestaciones por desempleo o subsidio (hasta 15 días) 5 Puntos. (hasta 30 días) 3 Puntos.
VII.- Solicitante cuya unidad familiar no perciba ningún tipo de prestación, ayuda o
ingreso económico. 4 Puntos.
VIII.- Solicitante con uno o más hijos con discapacidad intelectual, física o sensorial. 2 Puntos.
IX.- Solicitante que en los últimos 12 meses sólo haya trabajado entre 16 y 45 días(entre 16 y 30 días) 3 Puntos. (entre 31 y 45 días) 2 Puntos.
X.- Solicitante que no haya sido beneficiario de algún Plan de Empleo (PER, Memta,Proteja, etc.) o Programa de Solidaridad de los Andaluces (Salario Social) en los últimos 12 meses. 2 Puntos.
XI.- Solicitantes incursos en procesos de reclamación judicial por desahucio de vivienda habitual.
2 Puntos.
XII.- Solicitantes que tengan a su cargo hijos desempleados retornados al hogar (y susfamilias). 2 Puntos.
XIII.- Solicitantes que reúnan la totalidad de los supuestos I a VI de éste baremo, o bien
cumpla alguno de ellos de forma muy cualificada. 5 Puntos.
TOTAL 55 PUNTOS
DOCUMENTACION A APORTAR:
FOTOCOPIA DEL D.N.I.
FOTOCOPIA DEL LIBRO DE FAMILIA
CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DE TODA LA UNIDAD FAMILIAR
INFORME DE VIDA LABORAL
CERTIFICADO DE PERIODOS DE INSCRIPCIÓN EN EL S.A.E. (Oficina de Empleo)
CERTIFICADO DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE TODA LA
UNIDAD FAMILIAR
CERTIFICADO DE PRESTACIONES DEL INEM DE TODA LA UNIDAD FAMILIAR
CERTIFICADO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS SOCIALES DE TODA LA UNIDAD
FAMILIAR.