MENÚ GENERAL



Pontaneando le da la Bienvenida y Agradece su Visita a las ...

Recordamos a los seguidores de PONTANEANDO, que la PLUVIOMETRÍA que día a día reflejamos en la columna de la izquierda de esta página, se toma a las 9 horas de cada mañana.

martes, 26 de enero de 2010

EL PLENO LLEVA AL TSJA EL REGISTRO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA

El alcalde de Puente Genil, Manuel Baena (IU), llevó al Pleno de anoche un decreto por el que se acuerda la interposición de un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra la orden de la Junta que regula la creación de los registros municipales de demandantes de vivienda protegida. El argumento defendido por el regidor fue que esta actuación no viene acompañada de la suficiente financiación, con lo que se convierte, a su juicio, "en una carga más" de competencias de los entes locales. Baena indicó que esa orden no cumple el Estatuto de autonomía respecto a las competencias que se cede a los ayuntamientos.
El decreto del alcalde de Puente Genil, el primero que se aprueba en la provincia de Córdoba y posiblemente pionero también en todo el territorio andaluz, fue debatido en la sesión con el objetivo de que fuera ratificado por los grupos municipales. Así, la propuesta contó con el apoyo de IU, PP y PA, mientras que los socialistas votaron en contra con el argumento de que no entienden la utilidad de este recurso.
Manuel Baena dejó claro hace menos de dos meses que sólo acataría la creación de un registro municipal de demandantes de vivienda protegida "por imperativo legal", habida cuenta de que, a su juicio, la asunción de esta competencia por parte del Ayuntamiento no va a ir acompañada de la suficiente financiación para el mantenimiento del servicio. El regidor pontanés recordó los problemas económicos que están padeciendo los consistorios y, en todo caso, justificó la creación del registro "para que de esa forma se evite que algún vecino pueda resultar perjudicado".
El Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, es e que establece que la selección de las personas destinatarias de los alojamientos y las viviendas protegidas se realizará mediante este registro de demandantes de VPO, respetando los principios de igualdad, publicidad y concurrencia.(El Día de Córdoba)