El alcalde de Puente Genil, Esteban Morales (PSOE), apremió ayer a la Guardia Civil a trasladarse al nuevo cuartel una vez que el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha absuelto al empresario pontanés promotor de las obras de un delito de aprovechamiento de información privilegiada por el que se enfrentaba a un año de prisión y a una multa de 1,5 millones de euros. El fallo pone punto y final a un larguísimo proceso judicial que ha durado más de siete años.
Para el regidor, la sentencia ha de restar "algún prejuicio que pudiera quedarle a la Guardia Civil a la hora de asumir la mudanza al nuevo edificio". "Creo que esto ayudará a que las relaciones sean más fáciles, ya que el Ayuntamiento está haciendo un esfuerzo adicional contribuyendo con parte de nuestro dinero a solucionar el problema", dijo.
Morales afirmó alegrarse de que "no sea delito la información o no información que hubiere podido obtener esta persona y que ha desencadenado que el empresario eligiera comprar aquella parcela en aquel momento". "Esto supone que la Guardia Civil pueda tener ya muy pocas razones para que no se mude al nuevo cuartel, que es un empeño que tenemos todos, sobre todo porque la ciudadanía no entiende que los agentes estén en un edificio con unas necesidades evidentes de habitabilidad y de capacidad para dar un buen servicio, cuando tenemos un edificio moderno y con todos los equipamientos necesarios", dijo.
Desde el punto de vista político, Morales, sin embargo, insistió en que no se actuó bien: "El que haya acabado en procesos penales es una prueba de que todo el proceso relativo al acuerdo para la construcción del edificio y la firma del convenio de colaboración se podía haber hecho de otra manera". "Es más -añadió- si ahora el Ayuntamiento estuviera ante la posibilidad de iniciar un proceso semejante al de entonces, creo que las mismas personas que intervinieron lo harían de otra manera ahora".
La sentencia concluye que "no se puede concluir que el acusado haya obtenido un secreto o información privilegiada de un funcionario público o autoridad", y matiza que "al acceso secreto a la información por sí solo no es delito, sino que es necesario que quede acreditado el aprovechamiento propio o a terceros". (El Día de Córdoba. José M. Cabezas)