En plena campaña electoral y en medio del proceso de investidura en Andalucía, uno de los temas estrellas en los debates políticos es el de que “gobierne la lista más votada”. Es una frase algo equívoca, pues, en la práctica, lo que se quiere decir con ella es que el partido que obtenga más escaños (no siempre, el más votado) sea el que forme gobierno, evitándose la formación de mayorías entre partidos perdedores.
Aunque éste puede ser un deseo bien intencionado, conviene señalar que no es así como funciona una democracia de carácter parlamentarista (como la española, la italiana, la sueca o la alemana), donde los electores no votan directamente a los presidentes de gobierno, sino a los diputados, que son los que, en función de las mayorías parlamentarias, eligen al que ha de ostentar la máxima responsabilidad al frente del poder ejecutivo. En este tipo de democracias no gobierna el partido más votado, sino el que consigue formar mayoría en el correspondiente parlamento (ya sea en coalición con otros partidos o simplemente mediante acuerdos puntuales para sacar adelante la sesión de investidura y aprobar los presupuestos anuales y las diversas iniciativas legislativas). Para gobernar, no basta, por tanto, con obtener más votos si el partido que gana las elecciones no logra armar una mayoría parlamentaria. Ser la lista más votada (o tener más escaños) no es condición necesaria para gobernar.
Por el contrario, en las democracias de carácter presidencialista (como la francesa o la de algunos países de la Europa del Este), los ciudadanos eligen directamente con su voto al máximo responsable del poder ejecutivo, que coincide con la figura del Presidente de la República. En estos casos, las elecciones presidenciales se celebran de forma separada a las elecciones legislativas, y los parlamentos tienen como su principal misión aprobar las leyes, pero no elegir al jefe del gobierno.
No obstante, en nuestras democracias de carácter parlamentarista, hay sistemas electorales que, con el objetivo de evitar una excesiva dispersión en las cámaras parlamentarias, favorecen que gobierne el partido con más escaños. Algunos de estos sistemas se ajustan más o menos bien a este tipo de democracias, como ocurre con el sistema mayoritario (vigente en Reino Unido, donde el partido que gana en una circunscripción se lleva todos los escaños en juego) o el sistema (vigente en otros países) que concede un plus de diputados al partido más votado; todos estos favorecen algún tipo de bipartidismo. En el caso español, se optó por un sistema proporcional, aunque corregido mediante la Ley d’Hont, que, si bien favorece también a los grandes partidos, no los favorece tanto como los sistemas mayoritarios, permitiendo además la presencia de partidos minoritarios, siempre que éstos alcancen un mínimo del 5% de votos en su circunscripción electoral.
Sin embargo, la propuesta que se está haciendo en estos días de que haya dos vueltas en las elecciones para que pasen sólo los dos partidos más votados en la primera vuelta (propuesta planteada por dirigentes de los dos grandes políticos, PP y PSOE, aunque criticada por los emergentes), no se ajusta bien a las democracias parlamentaristas como la nuestra, sino que es un sistema más propio de las democracias presidencialistas ya citadas. En Francia, por ejemplo, los electores, como se ha comentado, eligen de forma directa al Presidente de la República, y utilizan para ello un sistema de elecciones a dos vueltas, en el que pasan a la segunda los dos candidatos más votados. De este modo, será Presidente el que haya obtenido finalmente más votos electorales.
Como he señalado, en España no votamos por sufragio directo al Presidente del Gobierno de la nación, ni a los presidentes de los gobiernos autonómicos, ni a los alcaldes. Lo que votamos es a los diputados que formarán los parlamentos (nacional o autonómico) y a los concejales que constituirán los plenos de los ayuntamientos. Es en estas instancias donde se construyen las mayorías entre partidos para elegir a los presidentes y alcaldes.
¿Qué aportaría un sistema de dos vueltas a una democracia de carácter parlamentarista como la nuestra? En mi opinión, más cosas negativas que positivas. Por lo pronto, se reduciría la representación política, ya que, en cada circunscripción electoral, pasarían a la segunda vuelta sólo los dos partidos más votados y quedaría excluido el resto. ¿Contribuye eso a la gobernabilidad? Mi opinión es que no, ya que favorecería de forma excesiva el bipartidismo y dejaría fuera del sistema a muchos otros partidos que sólo encontrarán en la calle una vía para expresar sus reivindicaciones. Una democracia es eficiente en la medida en que es capaz de integrar en su seno a la mayor parte de las expresiones políticas. Es cierto que, para hacer gobernable un sistema democrático, es necesario evitar el problema de la dispersión en las instancias de representación política, pero para ello tenemos ya mecanismos para lograrlo (como el ya comentado de exigir un mínimo del 5% de los votos para tener acceso a un escaño).
El que exprese mi desacuerdo con la introducción de las dos vueltas, no quiere decir que no sea partidario de alguna reforma de nuestro sistema electoral que evite situaciones como las que están ocurriendo en Andalucía y que, me temo, pueden repetirse en otros parlamentos autonómicos y en los ayuntamientos. Se debe evitar que la falta de una mayoría absoluta por parte de un partido que ha ganado las elecciones (como es el caso del PSOE andaluz, pero que puede ocurrirle al PP en otras Comunidades Autónomas) provoque la obstrucción sistemática por parte del resto de partidos, que, incapaces de armar una mayoría alternativa, genera una situación de parálisis abocando a una repetición de las elecciones.
Se podría evitar esta situación poniendo un límite al periodo de votación de la investidura, de tal modo que, transcurrido un tiempo razonable (por ejemplo, dos meses) sin que ningún partido logre armar una mayoría parlamentaria, forme gobierno el que tenga más diputados. Así está establecido en algunas Comunidades Autónomas (como Navarra) y era lo que decía el anterior Estatuto de Autonomía de Andalucía, pero que incomprensiblemente se eliminó en el texto del nuevo.
Por eso, en vez de proponer fórmulas, como la de elecciones a dos vueltas, que no encajan bien con las democracias de tipo parlamentarista y son más propias de las presidencialistas, se deberían incluir en nuestra legislación electoral mecanismos sencillos y de fácil aplicación para evitar el obstruccionismo y la ingobernabilidad de las instituciones, sin que ello suponga reducir el pluralismo democrático, ni el derecho de las distintas opciones políticas a participar en ellas. .( Eduardo Moyano Estrada, Ingeniero Agrónomo (Universidad de Córdoba, España, 1978). Licenciado en Sociología (Universidad Complutense de Madrid, España, 1983)


