Ahora que estamos inmersos en plena Cuaresma, donde se proliferan las bendiciones de nuevas imágenes, enseres procesionales, nuevos ropajes de figuras, obras nuevas de cuarteles, sayas de Vírgenes etc…, hemos creído oportuno publicar un curioso y detallado artículo de D. Jesús Luengo Mena sobre LAS BENDICIONES, donde estamos seguros aprenderemos algo más sobre el ACTO de la BENDICIÓN.
" La bendición es, litúrgicamente hablando, un sacramental. Las bendiciones no son sacramentos; no son instituidas por Cristo; no confieren gracia santificante; no producen su efecto en virtud del rito mismo ex opere operanto. La bendición invoca el apoyo activo de Dios para el bienestar de la persona, habla del agradecimiento, implica salud, provisión y felicidad en la persona que recibe buenos deseos de nuestra parte.
Entre los sacramentales figuran en primer lugar las bendiciones: de personas, de la mesa, de objetos, de lugares. Toda bendición es alabanza de Dios y oración para obtener sus dones.la Iglesia da la bendición invocando el nombre de Jesús y haciendo habitualmente la señal santa de la cruz de Cristo.
El Catecismo de la Iglesia Católica nos dice que “ciertas bendiciones tienen un alcance permanente: su efecto es consagrar personas a Dios y reservar para el uso litúrgico objetos y lugares. Entre las que están destinadas a personas –que no se han de confundir con la ordenación sacramental– figuran la bendición del abad o de la abadesa de un monasterio, la consagración de vírgenes, el rito de la profesión religiosa y las bendiciones para ciertos ministerios de la Iglesia (lectores, acólitos, catequistas, etc.). Como ejemplo de las que se refieren a objetos, se puede señalar la dedicación o bendición de una iglesia o de un altar, la bendición de los santos óleos, de los vasos y ornamentos sagrados, de las campanas, etc”.
El Ritual Romano contiene bendiciones para diversas ocasiones y cosas.
Hay diferentes tipos de bendiciones. Se pueden bendecir, por ejemplo, los alimentos. Esta bendición atrae la benevolencia de Dios pero no imparte al objeto un carácter sagrado como sería el caso en la bendición de un cáliz el cual queda reservado irreversiblemente para el uso sagrado en la Santa Misa. Tampoco confiere al objeto bendecido propiedades milagrosas ni cambia su sustancia.
Los ministros que imparten la bendición son distintos: el papa, el obispo, el sacerdote, el diácono, e incluso los laicos.
Algunas generalidades sobre las bendiciones
* Como norma, las bendiciones no deben hacerse sin presencia de, al menos, algún fiel.
* Debe catequizarse con claridad el sentido de la bendición, para evitar caer en elementos de vana credulidad o superstición. La bendición de los objetos no les otorga ningún poder extraordinario ni les cambia su sustancia. Es mejor hablar de objetos bendecidos que benditos y distinguir entre objetos bendecidos (una casa o un rosario, por ejemplo) o sagrados (un cáliz o patena).
* Los signos que se emplean son: extensión, elevación o unión de las manos; imposición de las manos; señal de la cruz; aspersión de agua bendita e incensación.
* Las vestiduras litúrgicas a usar serán, para los ministros ordenados, alba y estola. En algún caso muy solemne, capa pluvial. El color será blanco o el del tiempo o fiesta litúrgica. Si es ministro instituido, alba."
" La bendición es, litúrgicamente hablando, un sacramental. Las bendiciones no son sacramentos; no son instituidas por Cristo; no confieren gracia santificante; no producen su efecto en virtud del rito mismo ex opere operanto. La bendición invoca el apoyo activo de Dios para el bienestar de la persona, habla del agradecimiento, implica salud, provisión y felicidad en la persona que recibe buenos deseos de nuestra parte.
Entre los sacramentales figuran en primer lugar las bendiciones: de personas, de la mesa, de objetos, de lugares. Toda bendición es alabanza de Dios y oración para obtener sus dones.la Iglesia da la bendición invocando el nombre de Jesús y haciendo habitualmente la señal santa de la cruz de Cristo.
El Catecismo de la Iglesia Católica nos dice que “ciertas bendiciones tienen un alcance permanente: su efecto es consagrar personas a Dios y reservar para el uso litúrgico objetos y lugares. Entre las que están destinadas a personas –que no se han de confundir con la ordenación sacramental– figuran la bendición del abad o de la abadesa de un monasterio, la consagración de vírgenes, el rito de la profesión religiosa y las bendiciones para ciertos ministerios de la Iglesia (lectores, acólitos, catequistas, etc.). Como ejemplo de las que se refieren a objetos, se puede señalar la dedicación o bendición de una iglesia o de un altar, la bendición de los santos óleos, de los vasos y ornamentos sagrados, de las campanas, etc”.
El Ritual Romano contiene bendiciones para diversas ocasiones y cosas.
Hay diferentes tipos de bendiciones. Se pueden bendecir, por ejemplo, los alimentos. Esta bendición atrae la benevolencia de Dios pero no imparte al objeto un carácter sagrado como sería el caso en la bendición de un cáliz el cual queda reservado irreversiblemente para el uso sagrado en la Santa Misa. Tampoco confiere al objeto bendecido propiedades milagrosas ni cambia su sustancia.
Los ministros que imparten la bendición son distintos: el papa, el obispo, el sacerdote, el diácono, e incluso los laicos.
Algunas generalidades sobre las bendiciones
* Como norma, las bendiciones no deben hacerse sin presencia de, al menos, algún fiel.
* Debe catequizarse con claridad el sentido de la bendición, para evitar caer en elementos de vana credulidad o superstición. La bendición de los objetos no les otorga ningún poder extraordinario ni les cambia su sustancia. Es mejor hablar de objetos bendecidos que benditos y distinguir entre objetos bendecidos (una casa o un rosario, por ejemplo) o sagrados (un cáliz o patena).
* Los signos que se emplean son: extensión, elevación o unión de las manos; imposición de las manos; señal de la cruz; aspersión de agua bendita e incensación.
* Las vestiduras litúrgicas a usar serán, para los ministros ordenados, alba y estola. En algún caso muy solemne, capa pluvial. El color será blanco o el del tiempo o fiesta litúrgica. Si es ministro instituido, alba."