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jueves, 8 de julio de 2010

DECLARAN CULPABLE DE ASESINATO AL HOMBRE QUE MATÓ A UN TENDERO

Culpable de asesinato y consciente de sus actos. Ese fue el veredicto que dictó ayer el jurado popular que ha enjuiciado estos días a R.G.G. por matar con una barra de hierro a un tendero en octubre del 2007 en la aldea de El Palomar, en Puente Genil. Ni tan siquiera consideró que el procesado padeciera un trastorno paranoide de la personalidad que le dificultara levemente el control de sus actos, y eso porque a su entender los informes de los peritos psiquiatras han sido "abiertos, confusos, poco concretos y contradictorios". Así, ni una atenuante le concedió el jurado en su veredicto a R.G.G., para quien la acusación particular pidió una pena de 20 años de cárcel, 17 el fiscal y 15 la defensa antes de que el juicio quedara visto para sentencia.

Según ha considerado probado el jurado, el procesado, vecino de la aldea de El Palomar, mantuvo conflictos con sus vecinos durante el verano del 2007. Incluso se paseaba portando una barra de hierro advirtiéndoles que les causaría algún mal por las molestias que, según él, les causaban. Entre estos vecinos se encontraba la víctima, dueño de un supermercado al que acudía R.G.G. hasta que dejó de hacerlo por unas diferencias con el tendero.

El 18 de octubre, sobre las 6.00 horas, la víctima se dirigió a recoger sus vehículos a donde los tenía estacionados y al volver, el acusado, con un cuchillo en una mano y una barra de hierro en la otra, se aproximó a él y, con intención de matarlo, lo golpeó repetidamente en la cabeza con la barra de hierro, hasta que la víctima cayó de rodillas. En esta situación, volvió a golpearlo en la cabeza y en hombro, antebrazo y muñeca izquierda, causándole gravísimas heridas y marchándose a continuación.

El ataque, según el jurado, lo realizó aproximándose al tendero por la espalda, aprovechando la hora y sorprendiéndolo, de forma que no tuvo oportunidad de defenderse ni de huir ni de ser auxiliado por terceros. La víctima falleció a los pocos minutos a consecuencia de las heridas producidas por los golpes recibidos, Dejó viuda y cuatro hijos, que padecen trastorno depresivo con repetidas crisis de ansiedad, según el veredicto.

El jurado no consideró probado el trastorno paranoide en el procesado, ni que tuviera mermadas sus facultades mentales por un brote psicótico ni que no pudiera controlar sus actos. Además, dictaminó que no procede solicitar el indulto total o parcial ni beneficios penitenciarios para el acusado.(Diario Córdoba)