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miércoles, 6 de enero de 2010

COMIENZAN LAS REBAJAS EN PUENTE GENIL

El Centro Comercial Abierto de Puente Genil comunica en su página web el comienzo de las Rebajas mañana jueves 7 de enero de 2010, indicando las normas que deben regir en las mismas :
- La duración de cada período de rebajas será como mínimo de una semana y como máximo de dos meses, de acuerdo con la decisión de cada comerciante, dentro de las fechas arriba indicadas.

- Los comerciantes tendrán la obligación de consignar las fechas de comienzo y final de las ventas en rebajas, tanto en la publicidad del interior del establecimiento como en el escaparate (carteles, etc...), así como en la información ofrecida sobre las mismas a los consumidores (anuncios, folletos, etc.).

- Las reducciones de los precios se consignarán exhibiendo, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado, tanto en el interior del establecimiento como en los artículos expuestos en el escaparate.
No obstante, cuando se trate de una reducción porcentual (20%, 30%, etc...) de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.

- En el supuesto de que las ventas con rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.

- No podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, sin perjuicio que pueda anunciarse la de cada producto o artículo concreto.

- El comerciante deberá disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas.

- En el caso de que se efectúe al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada una de ellas.

- Queda prohibido ofertar como rebajados artículos deteriorados, los adquiridos para esta finalidad o los que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta con un mes de antelación a la fecha de inicio de la venta con rebaja.

- Los consumidores podrán utilizar para sus compras los mismos medios de pago que admita habitualmente el comerciante.

Por último, le recordamos que, según determina la legislación, los carteles informativos que deberá exhibir en su establecimiento, son los siguientes:

- Cartel de hojas de quejas/reclamaciones.

- Cartel anunciador de horarios del establecimiento para exhibir en el escaparate.

- Cartel anunciador de horarios del establecimiento para su exhibición en el interior del establecimiento.

- En caso de que el establecimiento admita devoluciones, cartel informativo con las condiciones de la devolución.

- Cartel informativo de la duración del período de rebajas o de cualquier tipo de oferta, liquidación o venta promocional.