La Pontificia y Real Cofradía de Ntra. Sra. de la Concepción Patrona Coronada de Puente Genil, y conforme a sus Estatutos, en su artículo 15, convoca a Asamblea General de Elecciones, a todos los hermanos de esta Cofradía para el próximo día 15 de Octubre a las 21 h en el Santuario de la Concepción, Sede y domicilio Social de la Cofradía, con éste único punto como Orden del día.
Artículo 16
Podrán presentarse a esta elección todos los hermanos que lo deseen, siempre que cumplan los requisitos siguientes:
a) Los que se exige para ser miembro de la Junta de Gobierno.
b) Tener una antigüedad en la Cofradía desde la última alta de al menos un año como miembro ACTIVO.
c) Ser avalada dicha candidatura por diez hermanos activos como mínimo.
Artículo 17
En la convocatoria de la Asamblea General de Elecciones, deberán especificarse los plazos que regirán para la elección de Cofrade Mayor, que son los siguientes:
a) El plazo de presentación de candidaturas, ante la Junta Electoral, se extenderá desde el día de la convocatoria de la Asamblea General, hasta veinte días antes de la fecha fijada para la elección.
b) La aceptación o rechazo de las candidaturas por la Junta Electoral, se hará dentro de los tres días siguientes y a continuación será expuesta la resolución de la Junta en el tablón de anuncios de la Sede de la Cofradía, pudiendo presentarse reclamaciones durante los cuatro días siguientes.
c) La Junta Electoral resolverá las posibles reclamaciones, en los dos días siguientes reservando el último día, antes de las elecciones para que en el mismo tablón de anuncios aparezcan dichas resoluciones. (Información facilitada por el Colaborador dePontaneando por D. Clemente Rivas Jiménez)
Artículo 16
Podrán presentarse a esta elección todos los hermanos que lo deseen, siempre que cumplan los requisitos siguientes:
a) Los que se exige para ser miembro de la Junta de Gobierno.
b) Tener una antigüedad en la Cofradía desde la última alta de al menos un año como miembro ACTIVO.
c) Ser avalada dicha candidatura por diez hermanos activos como mínimo.
Artículo 17
En la convocatoria de la Asamblea General de Elecciones, deberán especificarse los plazos que regirán para la elección de Cofrade Mayor, que son los siguientes:
a) El plazo de presentación de candidaturas, ante la Junta Electoral, se extenderá desde el día de la convocatoria de la Asamblea General, hasta veinte días antes de la fecha fijada para la elección.
b) La aceptación o rechazo de las candidaturas por la Junta Electoral, se hará dentro de los tres días siguientes y a continuación será expuesta la resolución de la Junta en el tablón de anuncios de la Sede de la Cofradía, pudiendo presentarse reclamaciones durante los cuatro días siguientes.
c) La Junta Electoral resolverá las posibles reclamaciones, en los dos días siguientes reservando el último día, antes de las elecciones para que en el mismo tablón de anuncios aparezcan dichas resoluciones. (Información facilitada por el Colaborador dePontaneando por D. Clemente Rivas Jiménez)